De acuerdo con las regulaciones de la Farmacopea sobre la determinación del punto de fusión, la muestra debe colocarse en un líquido de transferencia de temperatura cuando la temperatura del líquido esté por debajo de su valor de fusión de unos 10 grados celsius, y luego calentarse a la misma velocidad que la Farmacopea requiere hasta que la muestra se derrita. Para ello, El medidor de punto de fusión yrt - 3 tiene una función de preestablecimiento de temperatura, que permite controlar la temperatura a la temperatura preestablecida.